Principales medidas del DNU 334/21 (https://bit.ly/3bIEKe0)
- Se prorroga el Decreto 287/21 (https://bit.ly/3o3kzfH) que establece el marco normativo general, incluyendo los parámetros de riesgo y las medidas de prevención y conducta general, entre otras cosas.
- La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 y hasta las 6 del día siguiente.
- Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.
- Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.
- Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.
- No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
- La gastronomía funcionará por delivery o take-away (retiro en el lugar).
- Se establecieron excepciones para circular en transporte público y sin uso de transporte público. En ambos casos se deberá presentar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19 (dentro del territorio, también funcionará el permiso CirculaciónRN). El desplazamiento deberá limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada. Las excepciones pueden verse en este artículo: https://www.rionegro.gov.ar/?contID=68762
- Los rubros de actividades consideradas esenciales por la Nación son las siguientes: https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas
- Siguen suspendidos los viajes grupales, de estudio y turísticos; y todas las reunones sociales, sin importar la cantidad de personas.
- Continúan vigentes las reglas de conducta generales y obligatorias: mantener una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos, toser o estornudar en el pliegue del codo, dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones y la prohibición de circular para casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19.